En la región Bogotá en el primer trimestre de 2020, la mayoría de los indicadores económicos cayeron en términos anuales consistente con los efectos del choque del Covid-19. Varias de las actividades industriales y comerciales, la construcción, el comercio externo y el transporte terrestre y aéreo presentaron contracción. La incertidumbre de la pandemia sobre la salud pública y la economía deterioraron la confianza de los empresarios y comerciantes
Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, las materias primas químicas con destino a la producción de medicamentos de las partidas arancelarias 29.36, 29.41, 30.01, 30.02, 30.03, 30.04 y 30.06, estarán excluidas del impuesto sobre las ventas -IVA.
En medio de la emergencia sanitaria, el Ministerio de Salud, a través del acto administrativo, adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del coronavirus COVID-19 en las centrales de abastos y plazas de mercado.
El régimen de insolvencia tiene por objeto proteger adecuadamente el orden público económico y mitigar la extensión de los efectos sobre las empresas afectadas por las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los mecanismos adicionales de salvamento y recuperación y de liquidación judicial de las empresas, de manera que se logre retornar rápidamente los activos a la economía de forma ordenada, eficiente y económica.
A través del decreto publicado se adoptan medidas en el ámbito laboral, del Mecanismo de Protección al Cesante, y crear programas de apoyo al empleo, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarada por el Gobierno nacional por medio del Decreto 637 del 06 de mayo de 2020.