A través del acto administrativo queda prorrogada la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público", hasta el 15 de julio de 2020.
El decreto informa sobre la adición de un parágrafo transitorio al artículo 2.2.6.1.2.4.1 del Decreto 1077 de 2015,
Se establece que, para las obligaciones tributarias y las relacionadas con el Sistema General de la Protección Social, que son objeto de verificación por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP),
Entre las medidas se establece que, los términos establecidos para la presentación del estudio de demostración por parte de los usuarios de los sistemas especiales de importación -exportación de materias primas e insumas: de bienes de capital y de repuestos; y de exportación de servicios, se amplían por seis (6) meses, únicamente para los estudios de demostración que deban presentarse durante la vigencia del año 2020. La ampliación del término también aplica a los saldos por demostrar que se deban presentar durante el año 2020.
A través del acto administrativo se modifica el artículo segundo de la resolución 118 del 26 de febrero 2020, el cual quedara así: “ARTÍCULO SEGUNDO: Los estudios se acreditarán mediante los certificados de semestres o cursados, constancias de estudios, certificados, diplomas, actas de grado otorgados por las instituciones correspondientes. Para su validez requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia