En cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 numeral 8 de la Ley No. 1437 del 18 de enero de 2011, se publica el proyecto de resolución "Por la cual se modifican los artículos 16 y 20 de la Resolución 20203040003625 del 21 de mayo de 2020 “Por la cual se adopta el Formato Uniforme de Resultados-FUR y el Certificado de Revisión Técnico-mecánica y de emisiones contaminantes virtual, para vehículos automotores en el territorio nacional”” el día 26 de junio de 2020 en la página web de la entidad www.mintransporte.gov.co, con el fin que sea conocido y se presenten observaciones, opiniones, sugerencias o propuestas alternativas al contenido.
A través del acto administrativo, se señala los principios y establecer los criterios, alcance y procedimiento para la declaración de los hechos regionales por parte de las Regiones Administrativas y de Planificación (RAP); las funciones y los instrumentos de planeación de las RAP; sus órganos de gobierno y administración, así como la forma de escogencia de los miembros del Comité Asesor de las Regiones Administrativas y de Planificación.
MinComercio hizo público para recibir comentarios ciudadanos un proyecto de decreto que pretendería establecer un Programa de Fomento para la Industria de Astilleros. Los comentarios se recibirán al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., desde el 27 de junio hasta el 13 de julio de 2020.
El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del Acuerdo núm. 22 de 2 de abril de 2020, expedido por el Presidente y la Secretaria de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex, “Por el cual se autoriza la emisión de bonos sociales como fuente de endeudamiento de la Entidad y se dictan disposiciones generales”, en el marco del medio de control inmediato de legalidad.
El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la “Prórroga No. 1 al contrato de aporte no. 744 de 2020 suscrito entre el fondo Único de Tecnologías de la Información y Colombia telecomunicaciones s.a. E.S.P.”