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Jueves, 11 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Para la Corporación, en los casos en los cuales el administrado no está obligado a presentar la declaración del impuesto predial, se puede generar violación al debido proceso si la Administración no emite un acto previo a la determinación de la obligación fiscal.

Para la Sala, la prestación del servicio de transporte de valores, requieren de autorización por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Estas empresas deben regirse, para su funcionamiento, por el Estatuto que las rige, pero esto no desconoce que les sean aplicadas las normas del código de comercio, ni desnaturaliza el tipo contractual celebrado

En los actos acusados, la DIAN propuso desconocer costos declarados por $892.707.000, al no encontrarse debidamente soportados con la respectiva factura expedida por los proveedores de la sociedad. Par la Sala, la presentación de la factura como prueba para la procedencia de costos y deducciones no es opcional, toda vez que constituye una exigencia legal.

“El artículo 6 del Decreto Reglamentario 1766 de 2004 consagró el tratamiento del IVA pagado en la adquisición de activos fijos reales productivos, (…) Se observa que si bien el inciso primero dispone que el IVA podrá llevarse como descuento tributario del impuesto sobre la renta, debe tenerse en cuenta que la misma disposición también precisa que, cuando se trata de la adquisición

Para la Sala, no existe manifestación ni prueba alguna de que el señor Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, como Gobernador del Departamento de Santander para el periodo constitucional 2020 al 2023, haya apoyado a candidatos distintos a los inscritos por la colectividad política que lo inscribió para la Gobernación, sino que personas ajenas a su agrupación política lo apoyaron pese a tener candidato propio.