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Consejo de Estado declara nulidad parcial de actos relacionados con el reconocimiento del valor de la deducción por depreciación del IVA pagado en la adquisición de activos fijos reales productivos

Escrito por  Ago 25, 2020

“El artículo 6 del Decreto Reglamentario 1766 de 2004 consagró el tratamiento del IVA pagado en la adquisición de activos fijos reales productivos, (…) Se observa que si bien el inciso primero dispone que el IVA podrá llevarse como descuento tributario del impuesto sobre la renta, debe tenerse en cuenta que la misma disposición también precisa que, cuando se trata de la adquisición

de otros activos fijos reales productivos, el IVA hará parte del costo de adquisición del activo para efectos de la deducción del 30%”.

En este sentido, si el activo adquirido es maquinaria pesada para industrias básicas conforme con el artículo 258-2 del Estatuto Tributario, o maquinaria industrial adquirida por productores de bienes excluidos y exentos o por exportadores, como lo señala el artículo 485-2 del Estatuto Tributario, el tratamiento del IVA será diferente.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Septiembre 2020 09:18