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Sábado, 17 Octubre 2026

Edición 1743 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Consejo de Estado analizó los requisitos para vincular al representante legal de una sociedad como deudor subsidiario dentro de un procedimiento de cobro coactivo adelantado por la DIAN. El caso se originó con la expedición, en 2016, de un mandamiento de pago contra el entonces representante legal de Termocauca S.A. E.S.P. por obligaciones tributarias superiores a $3.400 millones, sin que previamente se hubiera expedido un acto administrativo que declarara su calidad de deudor subsidiario. Aunque el Tribunal Administrativo del Cauca negó las pretensiones y descartó la prescripción de la acción de cobro, el Consejo de Estado concluyó que la vinculación fue irregular, pues debía estar precedida de un acto administrativo que definiera esa condición. En consecuencia, revocó la sentencia de primera instancia, declaró la nulidad de las resoluciones que rechazaron las excepciones formuladas por el demandante y condenó en costas a la DIAN, aunque confirmó que la acción de cobro no había prescrito.

La CRA respondió varias consultas relacionadas con la facturación conjunta del servicio público de aseo con el servicio de energía eléctrica, precisando el alcance de la normativa vigente y las reglas aplicables a este mecanismo. La Entidad recordó que la facturación conjunta de los servicios de saneamiento básico —aseo y alcantarillado— con los servicios de acueducto, energía o gas constituye una obligación para los prestadores, de conformidad con la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y la Resolución CRA 943 de 2021. Explicó que este esquema busca garantizar el recaudo y la continuidad en la prestación de los servicios, dado que el servicio de aseo no puede suspenderse por falta de pago. Frente a la consulta sobre una eventual facturación mensual del servicio de aseo, la CRA reiteró que continúa vigente el régimen de facturación conjunta y que, salvo la presentación de una reclamación formal, no es posible efectuar el pago del servicio de energía de manera independiente del servicio de aseo.

 El Gobierno radicó de nuevo a consideración del Congreso el proyecto de Nueva Ley Minera; busca fortalecer el papel del Estado en la planificación de recursos y pasar de un modelo extractivo a uno que impulse la industrialización y genere valor en los territorios. La iniciativa propone un régimen especial para formalizar la pequeña minería, e incorpora medidas robustas para la protección ambiental, como una licencia integral y la caducidad de títulos por daños hídricos. Además, se alinea con la transición energética, exigiendo planes de cierre progresivo y garantizando la protección y acompañamiento de los trabajadores mineros.

La SSPD publicó un estudio sobre el Cargo por Confiabilidad durante el periodo 2006-2026, en el que señala que los usuarios de energía han destinado más de $97 billones al pago de generadores para reducir el riesgo de desabastecimiento eléctrico. El análisis indica que este mecanismo representó en 2025 el 21,5 % de los ingresos y el 111 % de las utilidades del sector de generación, sin que ello se haya reflejado en un incremento significativo de la capacidad instalada. El informe cuestiona la efectividad del esquema, al advertir que parte de los recursos se asignan a plantas hidráulicas, precisamente las más vulnerables durante periodos de sequía, y que las medidas adoptadas para garantizar la confiabilidad del sistema tienen un componente principalmente comercial. Por ello, la Superservicios plantea revisar el diseño regulatorio para promover fuentes más eficientes y renovables que aseguren la suficiencia energética de largo plazo, aunque precisa que no existe un riesgo inminente de apagón si los mecanismos de seguridad funcionan adecuadamente.

El Ministerio de Minas y Energía publicó una norma que simplifica el proceso de conexión de estaciones de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables a la red eléctrica. La normativa asigna a la CREG la responsabilidad de definir los procedimientos de conexión, con el fin de agilizar los trámites, estandarizar requisitos y ofrecer mayor seguridad jurídica a los operadores. Esta medida busca eliminar barreras, reducir tiempos y acelerar la expansión de la infraestructura de recarga, impulsando la movilidad sostenible y la transición energética en el país, a la vez que optimiza el uso de la infraestructura existente y garantiza la confiabilidad del sistema.