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Viernes, 10 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“El valor de la tarifa a pagar por los servicios de Unidad de Cuidado Intensivo adultos, pediátrica y neonatal y de Unidad de Cuidado intermedio adulto y pediátrica para la atención de pacientes COVID-19 dispuesto en las Resoluciones 914 y 1068 de 2020,

La medida fue adoptada a través del decreto 1809-2020 y tiene por objeto reglamentar la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los voluntarios acreditados y activos del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta.

 La medida modifica y adiciona medidas generales para los operadores y conductores de la cadena logística de transporte de carga terrestre y fluvial, empresas y conductores de servicio público de transporte terrestre

La medida suspende el ingreso al territorio colombiano de vuelos procedentes del Reino Unido directos y por conexión, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. La resolución establece excepciones en cuanto a los viajeros provenientes del Reino Unido.

De acuerdo con el proyecto de norma de Minsalud, el pago por disponibilidad de cuidados intensivos e intermedios de que trata el presente acto administrativo, se extenderá por un término de siete (7) meses y podrá ser prorrogado en atención a la evolución de la pandemia”.