El proyecto del MinSalud buscaría modificar disposiciones del Decreto 1686 de 2012, que establece los requisitos que se deben cumplir para la fabricación, elaboración hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación, las bebidas alcohólicas destinadas para el consumo humano.
El proyecto del MinSalud establecería que, los administradores de los regímenes especiales y de excepción que quieran prestar el servicio de vacunación para COVID-19, requerirán la autorización transitoria por parte de las secretarias de salud departamentales o distritales, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias.
A través del acto administrativo quedó establecido que, los pasajeros admitidos provenientes de Leticia, cuyo resultado de la prueba fue positiva, deberán adoptar las medidas sanitarias preventivas de aislamiento y cuarentena durante 14 días.
La iniciativa del MinSalud busca autorizar, mientras dure la emergencia sanitaria declarada por la COVID 19, el ingreso al país, por vía área y marítima, de materias primas o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan declarados vitales no disponibles o desabastecidos y sobre aquellas que son monopolio del Estado, requeridos durante la emergencia sanitaria declarada por la COVID-19.
La prórroga será hasta por el término de un (1) año, contado a partir del 4 de febrero de 2021 hasta el 3 de febrero de 2022. La Superintendencia Nacional de Salud, podrá disponer el levantamiento o modificación de la medida de intervención antes del vencimiento de la presente prórroga.