“El valor de la tarifa a pagar por los servicios de Unidad de Cuidado Intensivo adultos, pediátrica y neonatal y de Unidad de Cuidado intermedio adulto y pediátrica para la atención de pacientes COVID-19 dispuesto en las Resoluciones 914 y 1068 de 2020,
y el valor del reconocimiento y pago de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico para SARS CoV2 [COVID-19], adoptado y fijado mediante las Resoluciones 1463 y 1630 de 2020, serán ajustados anualmente, atendiendo a la inflación proyectada para la siguiente vigencia”.
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