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Viernes, 09 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El análisis destacó la necesidad de definir claramente las competencias para evitar vacíos jurídicos que puedan afectar el debido proceso. Se identificó que el proyecto presenta una caracterización amplia y fragmentada de lo agrario y rural, que podría llevar a inconsistencias en las decisiones judiciales. Además, se cuestionó la atribución de competencias que tradicionalmente pertenecen al Consejo de Estado y se advirtió sobre la posible confusión en la unificación de la jurisprudencia, actualmente reservada a los órganos de cierre. Se concluyó que el proyecto es central para consolidar la nueva jurisdicción, aunque requiere una regulación más precisa y acorde a la ley estatutaria que debe prevalecer.

El proyecto de norma del ICA establece listados de enfermedades, infecciones e infestaciones que están bajo control oficial y vigilancia especial. Su objetivo es fortalecer los mecanismos de control en consonancia con lineamientos nacionales e internacionales. Englobando a personas naturales y jurídicas responsables de la sanidad animal, se busca prevenir, controlar y erradicar enfermedades que impactan la sanidad agropecuaria y la salud pública. La resolución incluye tanto enfermedades reconocidas por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) como aquellas de relevancia nacional no listadas por dicha organización, pero que requieren vigilancia especial. El ICA también establece protocolos para la notificación y manejo de estas enfermedades, con un énfasis en la atención inmediata a sospechas compatibles y el uso de canales de comunicación estandarizados para reportes. Esta acción es parte del esfuerzo del ICA por asegurar la producción agropecuaria sostenible y el comercio seguro de productos animales en el país.

La norma establece medidas excepcionales para desvincular a los núcleos familiares que dependen de cultivos de uso ilícito y facilitar su transición a economías lícitas, en el contexto del estado de conmoción interior declarado en la región del Catatumbo. Este decreto responde a una grave perturbación del orden público, caracterizada por violencia y crisis humanitaria, y busca restablecer la estabilidad institucional y el respeto por los derechos fundamentales. Se implementarán medidas de asistencia alimentaria inmediata y exenciones del impuesto sobre las ventas para bienes y servicios que apoyen la transición a economías legales. Además, se fomentará la participación comunitaria y se garantizará que estas acciones respeten la igualdad y la no discriminación hacia las poblaciones vulnerables. Se prioriza la voluntad de las familias para participar en procesos de sustitución de cultivos ilícitos, asegurando el mínimo vital y condiciones de vida dignas.

A través de este documento emitido por la Agencia de Desarrollo Rural se analiza la ejecución de manera directa de los recursos de financiación de los proyectos por parte de las organizaciones étnicas beneficiarias del PIDAR. Este análisis recoge lo que se ha venido discutiendo en distintas mesas de trabajo contando con la participación activa de varias dependencias, sobre la operación para la ejecución del PIDAR. Incluye las contrataciones directas de que trata el PND y tiene el sustento normativo que pueden ser ejecutados a través del modelo de operación de los pueblos indígenas y las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, de acuerdo con las normas citadas y explicadas por esta autoridad.

El proyecto establece los requisitos fitosanitarios para la importación de flor seca de Cannabis de Canadá a Colombia, conforme al Decreto 4765 de 2008 y la Resolución ICA 8389 de 2023. El ICA es responsable de implementar medidas sanitarias y fitosanitarias necesarias para asegurar la sanidad animal y vegetal, basándose en análisis de riesgos y certificaciones fitosanitarias emitidas por las ONPF del país de origen. El 16 de diciembre de 2024, un Comité de Importaciones definió los requisitos específicos, seguido de un proceso de consulta pública para garantizar transparencia. La resolución subraya que el ICA debe velar por la sanidad agropecuaria del país y prevenir la introducción de plagas y enfermedades. Así, se establecen disposiciones aplicables a personas naturales y jurídicas involucradas en la importación, y la resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.