Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Lunes, 27 Abril 2026

Edición 1629 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

La CREG, publica el informe No. 5 del estudio de consultoría que se adelantó para el desarrollo de “Estrategias para la implementación de esquemas de señales de precios y cargos horarios a los usuarios finales en el SIN, para ser utilizados en programas de respuesta de la demanda”, realizado por Estudios Energéticos.

A través de un concepto, la CREG estableció que, la UPME es la entidad encargada de definir la capacidad disponible en los puntos de conexión al STN, y esa Unidad los asigna a los agentes que cumplan los requisitos exigidos para ello. Por su parte, la garantía de conexión de usuarios a proyectos nuevos se requiere antes de dar inicio al proceso de selección con el que se adjudicará la construcción de las obras nuevas.

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG la verificación de ajuste del período de vigencia de obligación según los años de fabricación de la turbina y generador, conforme lo definido en la regulación referida, aplica a las plantas nuevas de generación que reciben asignación de OEF en una subasta. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

 “Las tarifas del servicio de energía eléctrica son el resultado de la aplicación del principio de solidaridad sobre el costo del servicio. Esto es, primero se calcula el costo unitario de prestación de servicio, CU, con base en la sumatoria de los costos por unidad de energía de las actividades que componen la cadena de prestación del servicio, para luego aplicar los subsidios

A través de la publicación de un concepto la CREG relacionó la regulación expedida en materia del servicio de energía eléctrica para las Zonas No Interconectadas (ZNI) que se encuentra desarrollada en la tabla descriptiva que hace parte integral del documento publicado por la entidad.