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El MinMinas fija el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura d precios de la gasolina motor corriente, en $4.028,00 M/Cte por galón y el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios del ACPM, $4.472,50 M!Cte. por galón.

Ecopetrol S.A. informó a la CREG las siguientes cantidades de GLP que, por punto de producción nacional, tiene disponibles para la venta en la OPC adicional con entregas durante el mes de octubre de 2020, para Barrancabermeja 903.712 y para Capiagua 1.193.423.

“En sala plena virtual con una votación de 8-1 la Corte declaró inexequible parte del Decreto Legislativo 807 de 2020 en relación con medidas tributarias transitorias, devoluciones y compensaciones. Inspección Tributaria virtual. Inspección contable virtual. Visitas administrativas virtuales de inspección, vigilancia y control tributario y cambiario”

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Para la Corte, l artículo 11 del Decreto Legislativo 813 de 2020 “Por el cual se modifica el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2020, es inconstitucional por cuanto no respeta la reserva de ley del manejo del presupuesto, desconoce el diseño de la construcción y modificación de la Ley de Presupuesto y con ello afectar el principio de separación de poderes.

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La Corte declaró que el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, se ajusta a la Constitución. La Sala Plena concluyó que el artículo 3 debía condicionarse, se estimó por la mayoría, que la protección prevista en el artículo 3, parágrafo 1, en favor del acceso a la administración de justicia de los deudores que manifiesten no poder

Corte Constitucional declara exequible los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto 499 del 31 de marzo de 2020 “por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Covid 19”.

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La Corte Constitucional declara exequible el Decreto Legislativo 440 del 20 de marzo de 2020, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada de la Pandemia COVID-19” teniendo en cuenta que el mismo se encuentra suficientemente motiva y cumple con el requisito de necesidad, tanto fáctica como jurídica

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Corte Constitucional declara exequible Decreto Legislativo 467 de 2020, “Por el cual se dictan medidas de urgencia en materia de auxilios para beneficiarios del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. La Sala concluye que el decreto legislativo cumple, de manera general, con los requisitos formales y materiales. Esta norma ofrece un alivio urgente y necesario para ayudar a los beneficiarios de créditos educativos del Icetex, cuya capacidad de pago se ha visto menguada como consecuencia de la pandemia.

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