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La SSPD no tiene competencias para pronunciarse sobre los métodos a utilizar en la aplicación de los sistemas de ventilación en edificaciones, de acuerdo con lo señalado al respecto en la Norma Técnica Colombiana 3631, segunda actualización.

De acuerdo con el presente concepto, los pequeños prestadores del servicio público domiciliario de acueducto podrán cobrar a los usuarios tarifas que contengan un cargo por consumo, de acuerdo con los artículos 90 y 146 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 8 de la Resolución CRA 825 de 2017.

La medida tiene por objeto “adoptar los lineamientos de formalización para el fomento minero, los cuales podrán servir de referente para el desarrollo de las diferentes estrategias que impulsen la formalización minera en Colombia”. El presente acto administrativo está dirigido a los diferentes entes nacionales, departamentales y locales que desempeñan funciones relacionadas con el subsector

A través del concepto se reiteró que la empresa de transporte habilitada, persona natural o jurídica, expedirá directamente el manifiesto de carga para todo transporte terrestre automotor de carga que se preste como servicio público de radio de acción intermunicipal o nacional.

De acuerdo con el presente concepto, en el caso en que el capital de las terminales de transporte esté constituido totalmente con bienes o fondos públicos, y dada la actividad económica que las mismas desarrollan, el régimen a aplicar es el previsto para las empresas industriales y comerciales del Estado.

La Entidad indicó que el conductor del vehículo automotor (tipo motocicleta, motociclos y/o mototriciclos) y su acompañante (con excepción de los pertenecientes a la fuerza pública), deberán portar siempre el casco y en él debe estar consignado el número de la placa asignada al vehículo.

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, la inversión de las redes y los gastos de administración, operación y mantenimiento, AOM, de las mismas, son remuneradas al prestador del servicio a través del cargo D (correspondiente al componente de Distribución) que aparece en las facturas de energía eléctrica.

“Si un remitente prevé o presenta una demanda máxima de capacidad en un día de gas, superior a su capacidad contratada con el transportador o con otro remitente, podrá contratar este excedente en el mercado secundario o a través del transportador, en cuyo caso el transportador cobrará la pareja 100% variable que remunera inversión y el correspondiente cargo de AOM.”