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Prensa Jurídica

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El Consejo de Estado no avoca conocimiento, en sede del control inmediato de legalidad de que trata el artículo 136 de la Ley 1437 de 2011, de la No. 012 del 19 de junio de 2020, proferida por el presidente de la Administradora colombiana de Pensiones- COLPENSIONES, «Por la cual se corrige la continuación del epígrafe de la Resolución No. 006 de 2020, ¨Por la cual se adoptan medidas transitorias para la atención de trámites, otros procedimientos administrativos, solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, requerimientos y comunicaciones oficiales en la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones en armonía con la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”

El Consejo de Estado avoca conocimiento de control inmediato de legalidad a la Circular núm. 20204010101901 de 27 de marzo de 2020, “procedimiento especial y transitorio para el pago de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo durante la emergencia económica, social y ecológica declarada por el gobierno nacional debido a la pandemia COVID-19”, expedida por la Agencia Nacional De Infraestructura (ANI).

El Consejo de Estado ordena que, por la Secretaría General de la Corporación, se disponga la remisión del presente proceso al despacho del Consejero de Estado, doctor Nicolás Yepes Corrales, con miras a que se analice la procedencia de su acumulación con el expediente 11001 03 15 000 2020 02417 en lo que tiene que ver con las medidas transitorias respecto de los diferentes trámites

El Consejo de Estado decide avocar conocimiento, en única instancia, de la Resolución núm. 20203040004125 de 1º de junio de 2020, “Por la cual se adoptan e implementan las medidas de bioseguridad dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 666 de 2020, con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ministerio de Transporte de conformidad con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011El Consejo de Estado decide avocar conocimiento, en única instancia, de la Resolución núm. 20203040004125 de 1º de junio de 2020, “Por la cual se adoptan e implementan las medidas de bioseguridad dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 666 de 2020, con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ministerio de Transporte de conformidad con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011

La pesca en Colombia es un sector cuyo aporte al PIB es reducido, en contraste con lo que de este se pudiere obtener con el impulso necesario para su explotación sostenible. La presente Ley tiene por objeto establecer disposiciones sobre el palangre y el arrastre en la pesca industrial, incentivar la pesca artesanal y

El presente proyecto de ley surge como una iniciativa que da respuesta a la realidad actual del país frente a la economía digital, y especialmente frente al uso y generación de ingresos mediante plataformas digitales. En ese sentido, el proyecto de ley tiene como objeto establecer los mecanismos de acceso al Sistema General de Seguridad Social o al Piso de Protección Social, exclusivamente de aquellas personas que prestan servicios personales a través de plataformas digitales,

En Colombia existen varias corrientes que son de gran importancia, como la corriente de Humboldt en el Pacífico, viaja de sur a norte y debido al movimiento de la Tierra, empuja las aguas profundas frías hacia la superficie y con ella lleva gran cantidad de nutrientes y plancton que son fuente de alimento para varias especies marinas lo cual hace que tenga un efecto favorable para la pesca.

Audiencia de prueba de contradicción del dictamen pericial rendido por expertos de la Universidad Nacional .