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Prensa Jurídica

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Entre las medidas se establece que, los términos establecidos para la presentación del estudio de demostración por parte de los usuarios de los sistemas especiales de importación -exportación de materias primas e insumas: de bienes de capital y de repuestos; y de exportación de servicios, se amplían por seis (6) meses, únicamente para los estudios de demostración que deban presentarse durante la vigencia del año 2020. La ampliación del término también aplica a los saldos por demostrar que se deban presentar durante el año 2020.

A través del acto administrativo se modifica el artículo segundo de la resolución 118 del 26 de febrero 2020, el cual quedara así: “ARTÍCULO SEGUNDO: Los estudios se acreditarán mediante los certificados de semestres o cursados, constancias de estudios, certificados, diplomas, actas de grado otorgados por las instituciones correspondientes. Para su validez requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia

El Registro Nacional Fluvial (RNF) es un sistema creado por el Ministerio de Transporte para el registro de la información de todos los actores que intervienen en el modo fluvial

Se establece que los puertos de servicio privado que requieran movilizar carga de propiedad de terceros no vinculados económica y jurídicamente con la sociedad portuaria, deberán presentar ante la Agencia Nacional de Infraestructura una solicitud de autorización, suscrita por el representante legal de la sociedad portuaria o su apoderado, diligenciando el formato que disponga la Agencia para tal efecto y que deberá contener:

A través del acto administrativo se adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del Coronavirus COVID-19 en los diferentes eslabones de la cadena logística del servicio de hospedaje que se presta al personal de la salud, de custodia y vigilancia de la población privada de la libertad, y de las fuerzas militares y fuerza pública.

Como parte de la estrategia de respuesta para enfrentar el COVID 19 también se ordena la creación del comité asesor de carácter técnico e independiente que oriente la toma de decisiones de política para enfrentar la pandemia por el virus SARS CoV2 (COVID 19) en Colombia, encargado de analizar el comportamiento de la pandemia y emitir recomendaciones y conceptos técnico-científicos

A través del acto administrativo se establece el procedimiento de asignación directa de plazas para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio SSO para los profesionales egresados de los programas de medicina, enfermería y bacteriología, con el fin de reforzar los equipos de salud en el marco de la pandemia originada por el Coronavirus COVID-19, el reporte de información, verificación y cumplimiento en la prestación del servicio social obligatorio.

Se ordena la creación de los siguientes empleos: en el despacho general, 4 asesores expertos de grado 8, 2 asesores expertos de grado 6, 9 asesores expertos de grado 5, 2 asesores expertos de grado 5 y un técnico asistencial grado 12.