Entiendas por plazas de servicio social obligatorio los cargos o puestos de trabajo establecidos o creados por instituciones públicas o privadas, que permiten la vinculación legal y reglamentaria o laboral, con carácter temporal, de los profesionales de la salud egresados de los programas de medicina, enfermería y bacteriología que no hayan cumplido con el requisito del servicio social obligatorio. Dichas plazas serán creadas exclusivamente con el fin de reforzar la atención en salud durante la emergencia sanitaria originada por el Coronavirus COVI D19, a través de las cuales los profesionales vinculados podrán desarrollar su SSO. Así mismo se informa que, la institución interesada en contar con plazas de servicio social obligatorio para reforzar la atención en salud durante la emergencia sanitaria por COVID-19, solicitará la apertura y aprobación de la mismas ante la secretaria de salud departamental o la entidad que haga sus veces o ante la Secretaria Distrital de Salud de Bogotá a más tardar hasta el 19 de junio de 2020 a través de documento donde se especifique: municipio, población a atender, profesión y/o especialidad, modalidad, cargo, funciones u obligaciones, tipo de vinculación, tiempo de servicio y remuneración.