A través del acto administrativo, se establece que el Registro Nacional Fluvial, contará con los siguientes subsistemas: Registro de personas naturales y/o jurídicas. Registro de tripulantes; Registro de embarcaciones y/o artefacto fluvial; Registro de motores; Registro de inspección; Registro de patentes; Registro de habilitaciones; Registro de permiso de operación; Registro de zarpe y Registro de Astilleros y Talleres Fluviales. Todos los subsistemas mencionaros anteriormente los puede conocer a detalle consultado el documento emitido por la entidad.