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A través del presente concepto se indicó que las para el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común, deben acreditarse las siguientes condiciones al momento del inicio de la incapacidad: “1. Estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en

Sobre la acreditación de laboratorio de Salud Pública, se indicó que, “en lo que respecta a la norma ISO IEC 17025:2017 actualmente en Colombia, el único organismo autorizado para acreditar su cumplimiento es el ONAC con fundamento en el Decreto 1595 de 2015,

A través del presente concepto se indicó que “el médico general es la base y el motor de todo el engranaje de salud en el plan que se describe, conjuntamente con el personal paramédico y auxiliar, quienes serán la puerta de entrada al sistema. El contacto del paciente con la

A través del presente concepto, MinSalud dejó claro que corresponde al empleador adelantar todos los trámites ante las EPS, por incapacidad de origen común, licencias de maternidad y paternidad, y sustraer al trabajador de tal obligación. Puede conocer más detalles

“La Ley 100 de 1993 en su artículo 2064, establece que para los afiliados al régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS-, es decir los cotizantes, el sistema a través de las Entidades Promotoras de Salud – EPS, les reconocerá la incapacidad

“Cuando se realice la entrega a domicilio de los medicamentos a través del servicio de plataformas sin suministrar la información al paciente sobre la dispensación y uso adecuado de los productos, se incumple con las disposiciones contenidas en la Resolución 1066 de 2020

La Entidad indicó que “esta cartera aún no ha expedido el Decreto Reglamentario de la Ley 2174 de 20211. Al respecto debe resaltarse que, como se manifestó en líneas atrás, la potestad reglamentaria se caracteriza por ser una atribución constitucional inalienable, intransferible,

“El parágrafo 1 del artículo 70 de la Ley 1438 de 2011 establece la regla general que rige el período de los representantes de los usuarios ante la junta directiva de una Empresa Social del Estado del primer nivel de complejidad, estableciéndolo en dos (2) años. Acto seguido la

“Cualquier médico u odontólogo es competente para expedir el certificado de incapacidad siempre y cuando se encuentre inscrito en el ReTHUS o estén prestando servicio social obligatorio. La incapacidad será reconocida por la Entidad Promotora de Salud -EPS una vez ésta

“Al tratarse de enfermedades o accidentes de origen común, entendidas como aquellas que no provienen de accidente de trabajo o enfermedad laboral, los responsables de realizar el reconocimiento y pago son el empleador, la EPS o la Administradora del Fondo de Pensiones