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MinSalud indicó que se encuentra preparando un decreto que reglamente la Ley Isaac y que la facultad reglamentaria no tiene plazo y puede ejercerse en cualquier tiempo

Escrito por  Oct 24, 2022

La Entidad indicó que “esta cartera aún no ha expedido el Decreto Reglamentario de la Ley 2174 de 20211. Al respecto debe resaltarse que, como se manifestó en líneas atrás, la potestad reglamentaria se caracteriza por ser una atribución constitucional inalienable, intransferible,

inagotable, pues no tiene plazo y puede ejercerse en cualquier tiempo. No obstante, se informa que, esta cartera ministerial en conjunto con el Ministerio de Trabajo, adelantará la reglamentación pertinente a la regulación y unificación de los parámetros para la protección y cuidado de la niñez en estado de vulnerabilidad especial”.

En primer término, la Entidad precisó que “la potestad reglamentaria es la facultad constitucional atribuida de manera permanente a algunas autoridades para expedir un conjunto de disposiciones jurídicas de carácter general y abstracto para la debida ejecución de la Ley, a través de las cuales se desarrollan las reglas y principios en ella fijados”.

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