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Concepto del MinSalud sobre la regla que rige el período de los representantes de los usuarios ante la junta directiva de una Empresa Social del Estado del primer nivel de complejidad

Escrito por  Oct 12, 2022

El MinSalud indicó que, el parágrafo 1 del artículo 70 de la Ley 1438 de 2011 establece la regla general que rige el período de los representantes de los usuarios ante la junta directiva de una Empresa Social del Estado del primer nivel de complejidad, estableciéndolo en dos (2)

años. Acto seguido la norma en comento establece una restricción para la designación de ese representante, la cual consiste en que este no podrá ser reelegido para un período consecutivo y además, que no pueden ser parte de la juta directiva en más de dos ocasiones.

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