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SC Sent. de Cons.

Para la Corte, la destinación de los recursos dirigidos a la conservación de páramos, tanto a las CAR, como a Parques Nacionales Naturales, no vulnera la autonomía de las CAR, ya que se trata de la regulación de asuntos de interés

El demandante acusó de inconstitucional el artículo 21 (parcial) de la Ley 1480 de 2011, según el cual, para determinar la responsabilidad por daños derivados de productos defectuosos, el afectado deberá demostrar el defecto del bien, la existencia del daño y el nexo causal entre este y aquél. Esto, a pesar de que este muchas veces el afectado no cuenta con la experticia suficiente

A pesar de que la sentencia de la corte Constitucional tiene fecha de agosto de 2020, ésta acaba de estar disponible. La norma declarada exequible, adiciona un parágrafo transitorio al artículo 2 de la Ley 15 de 1959, así: “mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del

La Corte declara exequible el parágrafo 2º del artículo 293 de la Ley 1955 de 2019, relativo a los proyectos de expansión de redes de GLP, cuyo parágrafo 2do, es: “El Ministerio de Minas y Energía definirá los términos y condiciones para la asignación de recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural (FECFGN) destinados a la ampliación de cobertura del servicio

Texto de la sentencia que declara exequible el Decreto Legislativo 819 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas para el sector Vivienda, Ciudad y Territorio en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica ordenada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”

La Corte se declara inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo respecto del componente ad valórem del impuesto al consumo de licores, aperitivos y similares, en el que de acuerdo con la ley, se liquidará aplicando una tarifa del 25% sobre el precio de venta al público, antes de impuestos y/o participación, contenida en el numeral segundo del artículo 20 de la Ley 1816 de 2016,

La Corte Constitucional se declarar inhibida de para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la expresión “o por tratarse de personas vinculadas como auxiliadores, partícipes o coautoras del delito investigado o de uno conexo o que se encuentre en curso, o se trate de situaciones que constituyan una obstrucción a la justicia” contenida en el artículo 223 de la Ley 906 de 2004, por ineptitud sustantiva de la demanda.

La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 294 de la Ley 685 de 2001, “por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones” que dispone “Las diferencias de carácter exclusivamente técnico que llegaren a surgir entre los concesionarios y la autoridad concedente que no puedan arreglarse en forma amigable, serán sometidas para su resolución

En este caso, es claro que, con fundamento en las gacetas contentivas del trámite legislativo, el Congreso de la República incumplió con la regla constitucional de oír al Ministerio de Hacienda y Crédito Público previo a comenzar la reelaboración del trámite legislativo, sin que haya lugar a que esta regla sea ponderable o pueda excepcionarse en su aplicación para este caso.

El problema jurídico que se plantea a la Corte es establecer si el juez puede restringir el acceso a las audiencias de la etapa del juicio del público en general y de los medios de comunicación, o de ordenarles guardar la reserva sobre lo que ven, oyen o perciben en ellas.