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SC Sent. de Cons.

En el texto de la providencia, la Corte se declaró inhibida de emitir un pronunciamiento de fondo, respecto de los apartes demandados del artículo 67 de la Ley 472 de 1998 (el ejercicio de las acciones populares y de grupo) y de los artículos 273 y 274

La Alta Corte en el texto disponible de esta providencia declara la exequibilidad del artículo 188 de la Ley 1819 de 2016 (partida 96.19), en el entendido que la exención tributaria incluye también a las copas menstruales y productos similares. La Sala concluye que “al poderse establecer una norma positiva implícita que es producto de la lectura conjunta de los artículos 420

En la providencia, la Corte se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la expresión “siempre que haya cotizado al Sistema General de Pensiones cuando menos el mínimo de semanas exigido en el régimen de prima media para acceder a la pensión de vejez”, contenida en el inciso segundo del parágrafo 4º del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 “por la cual se crea el

Esta decisión fue adoptada por la Corte Constitucional el pasado 18 de marzo, pero el texto de la providencia que publicamos en esta noticia, acaba de estar disponible por parte de Relatoría de la Corporación. Se declaró exequible el artículo 298 de la Ley 1955 de 2019 PND- 2018-2022. Para el demandante la norma acusada en lugar de proteger el derecho a la competencia de los usuarios de servicios públicos

Para la Sala, la definición del régimen prestacional de la Fuerza Pública es una competencia privativa del Gobierno Nacional con sujeción a las reglas generales contenidas en una ley marco que el Congreso aprueba, previo proyecto presentado. “En este caso, el proyecto de ley fue iniciativa de una congresista y los ministros se opusieron al contenido del proyecto, por lo la objeción es fundada

Al realizar un juicio de proporcionalidad de la norma demandada, esto es, artículo 55 de la Ley 29 de 1944, por la cual se dictan disposiciones sobre prensa, se empleó una intensidad estricta, dado que la medida supone una intervención intensa en el derecho a la libertad de expresión. “Al respecto, encontró que el artículo acusado persigue un fin constitucionalmente imperioso, al buscar proteger los derechos a la honra y al buen nombre, sin embargo, no es adecuado, puesto que incurre en medios prohibidos para alcanzar el fin pretendido”.

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En el texto de la providencia, la Corte decidió inhibirse de emitir pronunciamiento de fondo respecto de la demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 21 de la Ley 100 de 1993, “por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, por ineptitud sustantiva de la demanda.

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La providencia tiene fecha del once de febrero de dos mil veintiuno 2021 y acaba de publicarse por parte de Relatoría de la Corporación. “La Corte resolvió el problema jurídico consistente en determinar si el artículo 19 de la Ley 1955 de 2019 “por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”, vulneró el principio de unidad de materia, contenido en el artículo 158 de la Constitución Política”.

La sentencia analizó el artículo 9° de la Ley 383 de 1997, que adicionó íntegramente el artículo 88-1 del Estatuto Tributario. El aparte declarado constitucional establece que: “no se aceptarán como deducción los gastos y costos en publicidad, promoción y propaganda de productos importados que correspondan a renglones calificados de contrabando masivo por el Gobierno Nacional,

En la providencia, cuyo texto se encuentra disponible, la Corporación dispuso estarse a lo resuelto en las sentencias C-056 de 1996 y C-070 de 1993, mediante las cuales se declararon exequibles las expresiones demandadas del artículo 384 de la Ley 1564 de 2012. La sentencia determinó que el fenómeno de la cosa juzgada operó respecto de las expresiones: “y si no lo hiciere dejará de