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Consejo de Estado analizó el marco normativo sobre las funciones y competencia del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la formación, actualización y conservación de los catastros municipales

Escrito por  Jun 23, 2021

El Consejo de Estado en esta providencia hace un esbozo normativo sobre las funciones y competencia del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la formación, actualización y conservación de los catastros municipales.  La Sala indica que de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 14 de 6 de julio de 1983, inserto en el capítulo I, sobre normas de catastro, impuesto predial e impuesto de renta

y complementarios, establece que  “las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica de los inmuebles”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 23 Junio 2021 11:51