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Operador postal podrá prorrogar el título habilitante por tres meses teniendo en cuenta la fecha de inscripción

Escrito por  May 04, 2020

El operador postal interesado en prorrogar su habilitación inicial deberá presentar ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones solicitud en dicho

sentido, con tres (3) meses de anticipación al vencimiento de su título habilitante teniendo en cuenta la fecha de inscripción en el registro de operadores El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, una vez recibida la solicitud de prórroga y la constancia descrita en el numeral anterior, verificará el capital social y los requisitos patrimoniales establecidos en la normatividad vigente, para el servicio de mensajería expresa y postal de pago. Adicionalmente, respecto del servicio postal de pago, verificará, mediante visita in situ, el funcionamiento de los sistemas de administración de riesgos que deban ser cumplidos por los operadores de dicho servicio.

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