la SuperFinanciera.
Lo anterior, “con el fin de evitar que se produzca una excesiva exposición individual y no están obligados adoptar un SARC, sin embargo, sí deberán cumplir con las instrucciones del “Régimen General de Evaluación, Calificación y Provisionamiento de Cartera de Crédito respecto de los créditos directos que otorguen a sus clientes”. Así se encuentra consignado en un concepto expedido por
la SuperFinanciera.