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CRA afirma que los contratos celebrados por empresas prestadoras se rigen por el derecho privado

Escrito por  Jun 30, 2020

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, dependiendo de la integración social del capital o del origen de los aportes, las empresas de servicios públicos pueden ser oficiales, mixtas y privadas; sin embargo, independiente de la integración social que adopten, las mismas cuentan con un régimen jurídico especial.

En tal sentido, según lo dispuesto el artículo 31 de la Ley 142 de 1994, los contratos que celebren las entidades estatales que prestan los servicios no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

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