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SSPD aclara requisitos para constituir y operar empresas prestadoras

Escrito por  Ago 06, 2026

La SSPD orientó a particulares interesados en constituir y operar empresas prestadoras. Ante diversas consultas sobre los requisitos para iniciar actividades, la entidad reitera que, si bien no se exige autorización previa de la Superservicios ni de municipios para su creación, los prestadores deben cumplir con la normativa mercantil general y la Ley 142 de 1994. Se subraya la necesidad de obtener concesiones, permisos ambientales y municipales antes de la prestación del servicio. Una vez operando, es obligatoria la inscripción en el RUPS, el reporte al SUI, el pago de contribuciones especiales y la contratación de auditorías externas.

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Modificado por última vez en Miércoles, 05 Agosto 2026 20:16