Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

MinSalud modifica disposiciones relacionadas con las entidades y canales para reportar información sobre el COVID 19

Escrito por  Jun 23, 2020

A través del acto administrativo se modifica el artículo 3 de la Resolución 676 de 2020, en lo relacionado con las entidades que deberán reportar información sobre casos de COVID 19 al Ministerio de Salud y Protección Social.

Se deberá informa  sobre eventos  de infección respiratoria aguda 345, 346, 348, notificados al sistema de vigilancia en salud pública por los prestadores de servicios de salud, a través de las aplicaciones del SIVIGILA, se reportarán diariamente a este Ministerio por el Instituto Nacional de Salud mediante el protocolo de transferencia de archivos (FTP) establecido para el efecto, o el mecanismo que le sustituya ,declaraciones de salud de viajeros y reportes de pasajeros informados a diario por Migración Colombia a este Ministerio, a través del Centro Nacional de Enlace, resultados de análisis de laboratorio para COVID-19 generados por los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios, inscritos en el aplicativo web RELAB, incluidos los laboratorios nacionales de referencia, los laboratorios de salud pública y los laboratorios autorizados, quienes reportarán a diario las personas y resultados de pruebas para COVID-19, a través del aplicativo SISMUESTRAS dispuesto por el INS, entre más consideraciones que puede conocer consultando el documento emitido por la entidad.

Descargar documento