Para la sala, en cuanto a los elementos de esta inhabilidad, recientemente esta Sala Electoral, expuso:se tiene que para la configuración de la inhabilidad objeto de estudio, la Sala ha establecido que resulta impajaritable demostrar los siguientes presupuestos: “i) Un elemento temporal limitado al año anterior a la fecha de la elección, es decir, se toma como punto de referencia el día de la elección y se cuenta un año hacía atrás. ii) Un elemento material u objetivo consistente en intervenir en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel, siempre y cuando el contrato se ejecute o cumpla en el municipio o distrito para el cual resultó electo (elemento territorial). (…) iii) Un elemento subjetivo relacionado con el interés propio o de terceros.