El objeto de la controversia recae en el contrato de obra IDU-05 del 20 de febrero de 2012, celebrado entre esta Entidad y el Consorcio AIA-CONCACAY 2012, con el objeto de adelantar la “construcción de la intersección a desnivel de la avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 94 y su conexión con la Avenida Santa Bárbara (AK 19) en Bogotá D.C.,
correspondiente al código de obra 104 del acuerdo 180 de 2005 de valorización” “La solicitud de suspensión del laudo es procedente, toda vez que reúne los presupuestos previstos en el artículo 42, inciso tercero, de la Ley 1563 de 2012, razón por la cual se decretará la medida en el presente auto”.
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