Esto, debido a que, para los demandantes, esta disposición vulnera los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, a la intimidad y a la autonomía personal de las personas que habitan en la calle.
“La Corte asumió el control de constitucionalidad de la norma (numeral 1 del artículo 140) del Código Nacional de Seguridad y Convivencia – CNSC (Ley 1801 de 2016) que establece las medidas correctivas de multa y participación en programa pedagógico a quien realice necesidades fisiológicas en el espacio público”.
Esto, debido a que, para los demandantes, esta disposición vulnera los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, a la intimidad y a la autonomía personal de las personas que habitan en la calle.