La mayoría de la Sala Plena avaló una discriminación en el goce, acceso y titularidad de la acción afirmativa de las SALAS AMIGAS. Su decisión se sustentó en un enfoque de análisis restringido de las obligaciones de los derechos económicos y sociales. El legislador consideró adecuado que las mujeres que laboran en empresas grandes tengan lugares dignos en donde lactar, mientras las mujeres que trabajan en compañías pequeñas se contenten con las opciones que fijó el Código Sustantivo del Trabajo hace más de 50 años.