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MinSalud adopta las medidas de bioseguridad de prevención del COVID 19 para la prestación de servicios dentro de la instrucción

Escrito por  Jun 01, 2020

A través del acto administrativo se adoptan adaptan e implementar al interior del Ministerio de Salud y Protección Social, las medidas definidas en el Protocolo General de Bioseguridad y su anexo técnico, expedido por este Ministerio mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, orientadas a minimizar los factores que puedan generar la transmisión de la enfermedad por COVID-19 y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.

Las medidas adoptadas para el trabajo en casa como para las funciones dentro del ministerio, buscan impedir la propagación de la epidemia, por lo que está prohibido, sin excepción alguna, hacer presencia en las sedes del Ministerio cuando la persona presente cualquiera de los factores de riesgo, entre otros, síntomas de gripa, tos seca, fiebre mayor o igual a 38° C y dificultad respiratoria. El Ministerio suministrará a todos los servidores públicos, pasantes y contratistas los elementos de protección a usar al interior de la Entidad, para uso personal (EPP). La Entidad mantendrá visibles las técnicas de uso y disposición de los EPP definidas en el Protocolo General de Bioseguridad, las cuales deberán ser aplicadas por todos los  servidores, pasantes y contratistas. Para el caso de los tapabocas reutilizables, los servidores públicos, los pasantes y los contratistas deberán garantizar su lavado y desinfección constante, abstenerse de compartirlos y desecharlos cuando cumplan su tiempo de uso en las canecas con bolsa para desechos ordinarios y tapa y con los protocolos adoptados por la Entidad para tal fin.

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