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“Sociedades en liquidación conservarán su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la inmediata liquidación”: SuperSociedades

Escrito por  Mar 09, 2021

De acuerdo con el concepto 220-011095-2021 las sociedades en liquidación judicial, no podrán realizar operaciones en desarrollo de su objeto social y conservarán su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la inmediata liquidación, sin perjuicio de aquellos que busquen la adecuada conservación de los activos.

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