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Consejo de Estado acumuló control de legalidad de acto ANM que suspendió términos de algunas actuaciones administrativas

Escrito por  Jun 30, 2020

Es claro para el Despacho que no es posible efectuar de forma autónoma el análisis del control inmediato de legalidad de la Resolución número 192 del 26 mayo de 2020, en la medida en que ese acto modificó la Resolución 133 del 13 de abril de ese mismo año que versa sobre los mismos asuntos que la Resolución 116 de 30 de marzo de 2020, por lo que es necesario que sea efectuado un estudio respecto de la posibilidad de acumular dichos procesos, teniendo en cuenta sus similitudes fácticas y jurídicas.

Sobre el particular, es pertinente resaltar que esta Corporación en distintas providencias ha reconocido la posibilidad de remitir un proceso en el que se debata el control inmediato de legalidad a otro Despacho, a efectos de que sea estudiada una posible acumulación.

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