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A través de concepto del MinSalud se refirió a la obligatoriedad de los libros de junta directiva de las ESE

Escrito por  Feb 25, 2021

“De cada una de las sesiones de la Junta Directiva se levantará la respectiva acta en el libro que para tal efecto se llevará. El Libro de Actas debe ser registrado ante la autoridad que ejerza las funciones de inspección, vigilancia y control de la Empresa Social del Estado.” Así fue dispuesto por la SSPD a través de la publicación de un concepto.

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