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Concepto de la SSPD sobre el tiempo que deben cumplir las empresas prestadoras para la reconexión de servicios

Escrito por  Feb 18, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD para que proceda la reconexión de un servicio público domiciliario, el usuario deberá eliminar la causa que dio lugar a la suspensión y cancelar los gastos en que incurra la empresa para restablecerlo.

Es de aclarar que, el restablecimiento del servicio deberá efectuarse en un “plazo razonable” después de que el suscriptor o usuario haya dado cumplimiento a las obligaciones señaladas en el artículo 142 de la Ley 142 de 1994, so pena de que se presente falla del servicio.

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