A través de un concept la SSPD afirmó que las empresas de servicios públicos oficiales, y mixtas con un porcentaje de participación pública igual o superior al 90%, están en la obligación de implementar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de todos los prestadores de servicios públicos domiciliarios de contar con el control interno y con la auditoría externa de gestión y resultados que deben contratar, salvo que se encuentren excluidas de esta última obligación.
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