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Consideraciones de la SuperSociedades sobre la disolución y liquidación de una S.A.S

Escrito por  Feb 11, 2021

De acuerdo con el 220-004979-2021 la sociedad por acciones simplificada se disolverá por la ocurrencia de cualquiera de las causales previstas en el artículo 34 de la Ley 1258 de 2008, y la liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada.

Sin embargo, se aclara que, hecho de que la sociedad inversionista se encuentre disuelta y estado de liquidación, no significa que esta pierda sus derechos políticos y económicos que le corresponden como accionista, ni mucho menos que no los pueda ejercer, pues hasta tanto el ente jurídico no se extinga como tal, éste conserva sus derechos y obligaciones como accionista en la sociedad receptora de la inversión y, en tal virtud, puede participar en las reuniones del máximo órgano social para deliberar y tomar decisiones válidamente.

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