Sin embargo, se aclara que, hecho de que la sociedad inversionista se encuentre disuelta y estado de liquidación, no significa que esta pierda sus derechos políticos y económicos que le corresponden como accionista, ni mucho menos que no los pueda ejercer, pues hasta tanto el ente jurídico no se extinga como tal, éste conserva sus derechos y obligaciones como accionista en la sociedad receptora de la inversión y, en tal virtud, puede participar en las reuniones del máximo órgano social para deliberar y tomar decisiones válidamente.