El usuario está obligado a informar en el evento que se detecte alguna anomalía en la instalación interna que pueda poner en riesgo, no sólo su salud, vida y bienes, sino la de los ciudadanos en general, o afectar el medio ambiente. El prestador, a su vez, debe atender esta solicitud de modo que, si como resultado de la verificación se advierte un defecto crítico en la instalación, suspenda el servicio inmediatamente y sólo podrá efectuar la reconexión, tan pronto como el usuario haya realizado las reparaciones respectivas con las que se subsane el desperfecto que causó la suspensión.