Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Precisiones del Consejo de Estado en cuanto al hecho generador del Impuesto de Industria Y Comercio en el D.E. Industrial y Portuario de Barranquilla

Escrito por  Ene 27, 2021

La Sala puntualiza que de la formulación legal del hecho imponible del ICA se ocupó el artículo 32 de la Ley 14 de 1983, posteriormente codificado en el artículo 195 del Decreto 1333 de 1986, por medio del cual se expidió el Código de Régimen Municipal. La Sección Cuarta considera que el demandado, al invocar el artículo 48 del

Acuerdo 030 de 2008 no empleó una tarifa legal para atribuirse ingresos gravados con el ICA en su territorio, sino que le indicó a la contribuyente el tipo de medios de prueba idóneos que servirían para desvirtuar la glosa sobre la declaración del año gravable 2010.

Descargar doucmento

Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:10