mismo fue pagado en su integridad al Consorcio sin que se efectuara salvedad o reparo alguno, de manera que no cabría presentar una demanda ejecutiva como lo consideró el a-quo. Si el Contratista pretendía solicitar que se declarara que la Contratante le adeudaba una suma adicional a la establecida en el acta de liquidación debía acudir a la acción de controversias contractuales con tal objeto.