La Superintendencia de Sociedades reiteró que la elección de las juntas directivas en las sociedades anónimas debe realizarse obligatoriamente mediante el sistema de cuociente electoral, mecanismo previsto en el Código de Comercio para garantizar la representación de los accionistas minoritarios. La entidad explicó que este procedimiento exige la conformación de listas o planchas, el cálculo del cuociente con base en los votos válidos emitidos y la asignación de los cargos según el cuociente y los mayores residuos. Además, precisó que cada accionista debe votar con la totalidad de sus acciones en un mismo sentido, sin fraccionar el voto entre distintas listas, y que las planchas no pueden superar el número de cargos a proveer. También recordó que, aunque la ley fija un mínimo de tres miembros para la junta directiva, el número máximo será el previsto en los estatutos sociales.