Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Consejo de Estado revoca fallo en demanda de reconvención interpuesta por el Consorcio Odebrecht contra Ferrovías, con el fin de que se declarara el desequilibrio económico de un contrato, por el pago de una contribución especial

Escrito por  Ene 19, 2021

“El contrato objeto de la controversia, se enmarca en el supuesto previsto por el numeral 10 literal c) del artículo 136 del C.C.A, el cual establece que el término de caducidad de la acción contractual debe contarse, para el caso de los contratos objeto de

liquidación y que esta sea realizada de forma bilateral, a partir del día siguiente de la firma de la respectiva acta”. La Sala “ dando aplicación a la normativa en mención, vigente para el momento en que se suscribió el acta de liquidación de mutuo acuerdo -28 de agosto de 2000- del contrato 01-0060-0-95, encuentra la Sala que el término para interponer la demanda, inició a contarse el día siguiente de la suscripción del acta referida, esto es, el 29 de agosto de 2000 hasta el 29 de agosto de 2002 y, como la demanda de reconvención se presentó el 16 de febrero de 2005, fuerza concluir que había operado el fenómeno preclusivo de la caducidad para ese momento”.

Descargar documento

Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 16:40