Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Superintendencia de Servicios Públicos aclara criterios para instalación de medidores y pilas públicas en predios con ocupación irregular

Escrito por  May 15, 2026

La SSPD precisó que no es jurídicamente procedente instalar medidores individuales en predios objeto de ocupación irregular con órdenes administrativas vigentes de desalojo y demolición, salvo que dichas órdenes sean suspendidas o anuladas. El derecho al acceso a servicios públicos domiciliarios coexistirá con las normas urbanísticas y de orden público, aplicándose de forma coordinada sin que una prevalezca sobre otra. La instalación de pilas públicas se reconoce como un mecanismo provisional y colectivo que garantiza un mínimo vital de agua sin legalizar la ocupación irregular, siendo necesaria la solicitud formal de una junta de acción comunal o entidad similar. La SSPD enfatiza que los prestadores deben respetar las disposiciones legales y administrativas, pudiendo ser sancionados si violan normas imperativas, garantizando así la coordinación con autoridades territoriales y de policía en materia urbanística y de orden público.

Descargar Documento