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Texto de la sentencia que declaró exequibles expresiones contenidas en la ley integral de páramos, relativa al porcentaje que deben transferir las empresas generadoras de energía a Parques Nacionales Naturales y al Fonam

Escrito por  Ene 18, 2021

Para la Corte, la destinación de los recursos dirigidos a la conservación de páramos, tanto a las CAR, como a Parques Nacionales Naturales, no vulnera la autonomía de las CAR, ya que se trata de la regulación de asuntos de interés

general, como la protección del medio ambiente y gestión integral y protección de los páramos; (b) no se afecta el funcionamiento de las CAR, que cuenta con fuentes de recursos propios para el desarrollo de sus funciones y competencias, claramente definidas en la ley, al igual que las de Parques Nacionales Naturales, las cuales ejercen dentro de la órbita de su jurisdicción.

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Modificado por última vez en Lunes, 18 Enero 2021 08:06