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CGR precisa criterios sobre plazos y recursos en procesos de responsabilidad fiscal

Escrito por  Mar 25, 2026

La CGR unificó criterios en la aplicación del procedimiento administrativo de responsabilidad fiscal. Ante la aparente colisión normativa entre la Ley 610 de 2000 y la Ley 1437 de 2011 (CPACA) respecto al recurso de queja y el grado de consulta, la CGR ha determinado que el término perentorio de un mes para resolver el grado de consulta no se suspende por la interposición de un recurso de queja. Este último, aunque esencial para la doble instancia, se subsume en la revisión integral del grado de consulta. En consecuencia, si el superior funcional no decide en el plazo establecido, la decisión administrativa de primera instancia adquiere firmeza automática, sin que el recurso de queja pueda alterar este plazo.

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Modificado por última vez en Martes, 24 Marzo 2026 18:23