El Ministerio de Ambiente aclaró que la competencia para atender la contaminación por ruido en los municipios recae en las autoridades territoriales, específicamente en los alcaldes como primeras autoridades de policía, y en coordinación con la Policía Nacional y las Corporaciones Autónomas Regionales. Estas entidades tienen funciones de control, vigilancia y pueden imponer medidas correctivas. El Ministerio, por su parte, define políticas ambientales, pero no tiene facultades para intervenir directamente en casos locales. Por ello, la recomendación es que las comunidades se dirijan a las autoridades municipales y policiales para presentar quejas y denuncias, ya que son quienes tienen la potestad de actuar frente a la contaminación acústica y garantizar el derecho a un ambiente sano.