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Ministerio de Ambiente aclara criterios para la validez de confesiones en sanciones ambientales

Escrito por  Nov 13, 2025

El Ministerio de Ambiente aclaró las condiciones para que la confesión voluntaria de un presunto infractor ambiental sea válida y pueda aplicarse como causal de atenuación en las sanciones. Según la Ley 2387 de 2024 y el artículo 191 del Código General del Proceso, la confesión debe ser clara, consciente, libre, sobre hechos personales y con capacidad del confesante. La confesión previa al inicio del proceso sancionatorio genera una reducción del 30% en la multa, y si se realiza antes de la formulación de cargos, la reducción es del 15%. Sin embargo, estas atenuantes no aplican en casos de flagrancia. Las autoridades ambientales deben verificar estos requisitos para validar la confesión y ajustar la sanción en consecuencia.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Noviembre 2025 19:40