El Consejo de Estado resolvió la apelación interpuesta por Aguas de Manizales S.A. E.S.P. contra el Departamento del Cesar, en un litigio relacionado con el convenio No. 00501 de 2006. Dicho convenio tenía como objeto la gerencia e interventoría para la transformación del servicio de agua potable y saneamiento básico en el Cesar, con un valor acordado de $12.459 millones y plazo de tres años. Aguas de Manizales demandó por incumplimiento debido al impago de varias facturas derivadas del convenio, solicitando el reconocimiento de dichos pagos con sus intereses. El Consejo de Estado analizó la jurisdicción, competencia, y la excepción de caducidad planteada, dado que la demanda fue presentada más de dos años después de vencido el contrato, sin haberse liquidado bilateral ni unilateralmente el convenio. Finalmente, confirmó la declaratoria de caducidad realizada por el Tribunal Administrativo del Cesar, desestimando el reclamo de Aguas de Manizales y señalando que la falta de liquidación no suspende el término para ejercer la acción judicial. Así, la demanda fue desestimada por extemporánea.